Nueva edad de jubilación para trabajadores del sector del transporte de viajeros y mercancías: ¿una realidad o sólo una declaración de buenas intenciones?

Tras años de trabajo duro, muchos profesionales esperan con anhelo el momento de su jubilación. Para algunos, ese momento puede llegar antes de lo previsto. El Gobierno ha aprobado una nueva normativa que permitiría a determinados trabajadores jubilarse desde los 52 años sin sufrir recortes, reconociendo la dureza y el desgaste acumulado por años de actividad en sectores especialmente exigentes.


Un paso hacia una jubilación más justa

La medida, respaldada por el diálogo social entre sindicatos y patronal, establece que cada año cotizado en determinadas profesiones se contará como un período más largo, permitiendo así cumplir antes con los requisitos para acceder a la jubilación.
Para ello, se han definido coeficientes reductores basados en indicadores como exposición a riesgos físicos, agentes tóxicos, esfuerzo extremo o siniestralidad laboral.


¿Qué profesiones se beneficiarán?

A los sectores ya reconocidos históricamente como profesiones penosas, tóxicas o peligrosas, se suman ahora nuevos colectivos que podrán jubilarse de forma anticipada, sin perder poder adquisitivo:

Profesiones ya contempladas:

  • Mineros de interior
  • Trabajadores ferroviarios
  • Bomberos
  • Policías (nacionales, locales, autonómicos)
  • Guardia Civil y Fuerzas Armadas
  • Artistas (actores, músicos, bailarines, etc.)
  • Trabajadores del mar
  • Personal de vuelo (tripulación, pilotos)

Nuevas profesiones incluidas con la nueva normativa:

  • Trabajadores de la construcción
  • Bomberos forestales
  • Conductores de transporte de mercancías
  • Conductores del transporte de viajeros
  • Taxistas
  • Trabajadores del transporte del sector público
  • Personal sanitario
  • Trabajadores de la industria química
  • Limpiadoras de hoteles

Estos sectores han sido incluidos por el elevado nivel de desgaste físico, la exposición a riesgos ambientales o la alta carga mental que implican sus actividades diarias.


¿Cómo se aplicará esta jubilación anticipada?

A través de coeficientes reductores personalizados según cada oficio. Estos coeficientes permitirán restar años a la edad ordinaria de jubilación, reflejando el impacto negativo que tienen ciertas condiciones laborales sobre la salud del trabajador. Además, se aplicarán sistemas de medición específicos para valorar la peligrosidad, insalubridad o siniestralidad de cada actividad.


¿Un reconocimiento necesario para los trabajadores del sector?

Los conductores profesionales de transporte de viajeros y mercancías en España, por tanto, podrían acceder próximamente a jubilación anticipada gracias al nuevo Real Decreto aprobado el 27 de mayo de 2025 (RD 402/2025) y las condiciones para acogerse a ello serán:

  • Haber trabajado al menos 30 años cotizados, de los cuales 6 años en transporte (mercancías o viajeros).
  • La profesión debe calificarse como penosa, peligrosa, tóxica o insalubre, según criterios objetivos (siniestralidad, morbilidad, tipo de esfuerzo…).
  • La inclusión de los conductores profesionales en este régimen ya cuenta con apoyo sindical y patronal.

Antes solo era posible prejubilarse:

  • Voluntaria: a partir de los 63 años con 35 años cotizados.
  • Involuntaria: a partir de los 61 años con 33 años cotizados.

Quedaría pendiente saber a quienes afectaría esta medida, puesto que su alcance podría ser sólo en el servicio público, todo dependería de la negociación entre los actores sociales (Patronales y sindicatos).

Aunque esta medida de momento es meramente una declaración de buenas intenciones, ¿Piensas que puede tener un corto o largo alcance? ¿quedará en papel mojado o seguirá su curso y nos veremos beneficiados?. Sigue atento a nuestras redes sociales y blog y te seguiremos informando de la realidad. Si quieres contactar con nosotros, aquí puedes hacerlo.